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Aportes Parafiscales 2026

Caja de compensación (4 %), SENA (2 %) e ICBF (3 %) sobre la nómina.

Aviso importante: esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en la normativa vigente. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni jurídico profesional. Para decisiones con impacto económico relevante, consulta a un asesor colegiado.

Aportes parafiscales

Caja de compensación (4 %), SENA (2 %) e ICBF (3 %) sobre la nómina.

Aplica a sociedades por empleados que ganan menos de 10 SMMLV.

Los aportes parafiscales son contribuciones sobre la nómina destinadas a las cajas de compensación familiar, al SENA y al ICBF. Desde la Ley 1607 de 2012, muchos empleadores están exonerados de los aportes al SENA y al ICBF (y de la salud empleador) por los trabajadores que ganan menos de 10 salarios mínimos.

Tarifas y exoneración

  • Caja de compensación familiar: 4 % de la nómina. Nunca está exonerada.
  • SENA: 2 % de la nómina. Exonerado para los sujetos del artículo 114-1 del Estatuto Tributario.
  • ICBF: 3 % de la nómina. Exonerado en los mismos supuestos.
  • Salud a cargo del empleador: 8,5 %. Exonerada respecto de los trabajadores que devenguen menos de 10 SMMLV.
  • Tienen derecho a la exoneración las sociedades y personas naturales empleadoras con dos o más trabajadores, contribuyentes del impuesto de renta; no aplica a entidades sin ánimo de lucro no contribuyentes ni respecto de trabajadores con salario igual o superior a 10 SMMLV.

Ejemplo

Una empresa con nómina mensual de $30.000.000, toda por debajo de 10 SMMLV y con derecho a la exoneración, paga solo el 4 % de caja de compensación: $1.200.000. Sin exoneración pagaría además 2 % de SENA ($600.000), 3 % de ICBF ($900.000) y 8,5 % de salud ($2.550.000).

La base de los parafiscales es la nómina de pagos constitutivos de salario; el auxilio de transporte no se incluye. En salario integral, la base es el 70 % del valor pactado.

Los aportes se pagan mensualmente por la PILA junto con la seguridad social y son deducibles en el impuesto de renta.

Para completar este cálculo suelen consultarse también nuestra calculadora de costo de un empleado, nuestra calculadora de aportes a seguridad social y nuestra calculadora de salario neto.

Marco normativo

Ley 21 de 1982 (cajas de compensación y SENA), Ley 89 de 1988 (ICBF), Ley 1607 de 2012 y Ley 1819 de 2016 (exoneración de aportes, hoy artículo 114-1 del Estatuto Tributario) y Decreto 1990 de 2016 sobre la planilla integrada de liquidación de aportes.

Este cálculo forma parte de la categoría Empresas y empleadores de nuestras calculadoras colombianas.

Preguntas frecuentes

¿Los resultados de la calculadora de aportes parafiscales son oficiales?

Son estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente publicada por la DIAN, el Ministerio del Trabajo y la UGPP. Para trámites oficiales confirma las cifras con tu contador o con la entidad correspondiente.

¿Se guardan mis datos?

No. Todos los cálculos se ejecutan localmente en tu navegador y no se envía ni almacena ninguna información.

Si te interesa este tema, también pueden serte útiles nuestra calculadora de costo de un empleado, nuestra calculadora de aportes a seguridad social y nuestra calculadora de salario neto.

Metodología y fuentes oficiales

Todos los cálculos se realizan en tu navegador con los parámetros vigentes para el año gravable 2026 en Colombia. No enviamos ni guardamos tus datos.

Parámetros 2026

  • Salario mínimo (SMMLV): $ 1.623.500
  • Auxilio de transporte: $ 214.000
  • Valor referencial de la UVT: $ 52.100
  • Tope del IBC (25 SMMLV): $ 40.587.500
  • Jornada legal semanal: 44 horas
  • IVA general: 19 %

Cómo calculamos

  • Retención en la fuente con la tabla del art. 383 del ET en UVT.
  • Renta exenta del 25 % con tope de 790 UVT anuales.
  • Salud 4 % y pensión 4 % del trabajador sobre el IBC.
  • Prestaciones sociales sobre base de 360 días.
  • Indemnización del art. 64 del CST según el nivel salarial.

Fuentes

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