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¿Has detectado un error en una calculadora? ¿Quieres sugerir una nueva herramienta o colaborar editorialmente con nosotros? Escríbenos y te responderemos lo antes posible.

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Sobre qué puedes escribirnos

  • Errores de cálculo: indícanos la URL de la calculadora, los datos introducidos y el resultado que obtuviste.
  • Nuevas calculadoras: propónnos herramientas que echas de menos.
  • Sugerencias de contenido: dudas frecuentes, ejemplos prácticos o aclaraciones normativas.
  • Privacidad y datos: ejercicio de derechos RGPD (acceso, rectificación, supresión, oposición).
  • Colaboraciones editoriales: propuestas de partners o intercambios de contenido relevante.
  • Publicidad: consultas sobre espacios publicitarios o patrocinios.

Lo que no podemos hacer

DatosFiscales.es no presta asesoramiento fiscal, laboral ni jurídico personalizado. No podemos resolver consultas sobre tu caso concreto (cómo presentar tu declaración, si te corresponde una indemnización, qué hacer ante una inspección, etc.). Para esas situaciones, te recomendamos acudir a un asesor fiscal, gestor administrativo o abogado laboralista colegiado.

Tiempo de respuesta

Solemos contestar en un plazo de 2 a 5 días laborables. Los avisos sobre errores de cálculo tienen prioridad y se atienden en cuanto los detectamos.

Datos del editor

Cómo tratamos tus datos

Los correos que nos envíes se utilizan exclusivamente para responder a tu consulta. No se ceden a terceros ni se emplean para marketing directo salvo autorización expresa. Conservamos la correspondencia el tiempo estrictamente necesario para atender la solicitud y cumplir con las obligaciones legales aplicables (artículos 6.1.b y 6.1.f RGPD). Para más detalle consulta nuestra Política de privacidad.

Cómo reportar un error de cálculo

Para que podamos reproducir e investigar rápidamente un posible error, incluye en tu mensaje:

  1. URL exacta de la calculadora afectada.
  2. Datos introducidos (importe bruto, comunidad autónoma, hijos, etc.).
  3. Resultado que muestra nuestra calculadora.
  4. Resultado esperado y, si es posible, la fuente (artículo del BOE, tabla oficial, nómina, etc.) que respalde el importe correcto.
  5. Fecha y hora aproximada del cálculo (para descartar cambios normativos recientes).

Revisamos las incidencias en un plazo máximo de 5 días laborables y publicamos las correcciones tan pronto como se validan. Si el error afecta a la retención de IRPF, a las bases de cotización o a topes legales, priorizamos su resolución dentro de las 48 horas siguientes al aviso.

Colaboraciones profesionales

Somos abiertos a colaboraciones editoriales con asesores fiscales, abogados laboralistas, gestores administrativos y economistas colegiados que quieran aportar revisión técnica, casos prácticos o contenido especializado. Escríbenos con una breve presentación profesional (colegio profesional, años de experiencia y áreas de especialidad) y estudiaremos la propuesta.