¿Cómo tributan las pensiones en el IRPF?
Las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente tributan como rendimientos del trabajo (artículo 17.2.a de la Ley 35/2006 del IRPF), exactamente igual que un salario. La Seguridad Social actúa como pagador y practica una retención a cuenta calculada según la cuantía anual de la pensión y la situación familiar que hayas declarado en el modelo 145. Esa retención no es el impuesto definitivo: es un anticipo que se regulariza al presentar la declaración de la Renta.
Solo están exentas las pensiones de incapacidad permanente absoluta y de gran invalidez (art. 7.f LIRPF), las prestaciones por actos de terrorismo y determinadas pensiones de orfandad y en favor de familiares. Las pensiones no contributivas quedan de hecho sin tributación efectiva porque su cuantía queda por debajo del mínimo personal y familiar.
Cómo calcula el INSS tu retención paso a paso
- Se determina el rendimiento anual previsible: la pensión mensual multiplicada por el número de pagas (normalmente 14, aunque viudedad y jubilación pueden tener 12 si están prorrateadas).
- Se restan la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y los gastos deducibles aplicables, obteniendo la base para calcular la retención.
- Se aplica el mínimo personal y familiar: 5.550 € de base, más 1.150 € adicionales a partir de los 65 años y otros 1.400 € a partir de los 75, además de los mínimos por discapacidad, descendientes y ascendientes a cargo.
- Se aplican los tramos progresivos del IRPF sobre el resto y el resultado se divide entre la pensión anual para obtener el tipo de retención, que se descuenta de cada paga.
Por eso dos jubilados con la misma pensión bruta pueden tener retenciones muy distintas: la edad, el grado de discapacidad, los hijos a cargo y la comunidad autónoma de residencia cambian el resultado final. Si quieres ver el detalle de tramos generales, puedes compararlo con la calculadora de IRPF general.
Tabla orientativa de retención por pensión (2026)
Estimación para un pensionista de 65 a 74 años, sin hijos a cargo ni discapacidad, con 14 pagas. El rango refleja la variación entre comunidades autónomas.
| Pensión bruta anual | Bruto por paga | Tipo de retención | Neto por paga |
|---|---|---|---|
| 12.000 € | 857 € | 0 % | 857 € |
| 15.000 € | 1.071 € | 0 – 2 % | 1.050 – 1.071 € |
| 18.000 € | 1.286 € | 3 – 6 % | 1.209 – 1.247 € |
| 22.000 € | 1.571 € | 7 – 10 % | 1.414 – 1.461 € |
| 28.000 € | 2.000 € | 11 – 14 % | 1.720 – 1.780 € |
| 35.000 € | 2.500 € | 15 – 18 % | 2.050 – 2.125 € |
| 45.746 € | 3.267 € | 20 – 23 % | 2.516 – 2.614 € |
Como referencia, la pensión máxima de 2026 se sitúa en torno a los 3.267 €/mes en 14 pagas (unos 45.746 € anuales) y la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo ronda los 1.130 €/mes.
Ejemplo práctico: jubilado con 24.000 € de pensión
Antonio, 68 años, cobra 24.000 € brutos anuales en 14 pagas (1.714 € por paga), sin hijos a cargo. Su mínimo personal es de 5.550 € + 1.150 € por edad = 6.700 €. Tras la reducción por rendimientos del trabajo y el mínimo, la cuota resultante deja un tipo de retención cercano al 9 %: unos 154 € de IRPF por paga y 2.156 € al año, con un neto aproximado de 1.560 € por paga. Si Antonio tuviera 76 años, el mínimo subiría a 8.100 € y el tipo bajaría en torno a un punto, unos 170 € menos al año.
El problema de los dos pagadores
Es el motivo más habitual de sorpresas en la declaración. Cuando en el mismo año cobras salario y pensión, o pensión pública y pensión de una mutualidad o plan de empleo, cada pagador retiene solo sobre lo que abona, sin conocer el total. Al sumarlo todo en la Renta, el tipo real es más alto y el resultado sale a pagar. El año en que te jubilas es el caso típico. Para evitarlo puedes solicitar voluntariamente un tipo de retención superior mediante el modelo 145. Si además rescatas un plan de pensiones, ten en cuenta que el rescate en forma de capital se suma a la pensión y puede empujarte a un tramo superior.
Si estás jubilado o cerca de jubilarte, te interesan también nuestra calculadora de pensión de jubilación, nuestra calculadora de pensión de viudedad, nuestra calculadora de IRPF, nuestra calculadora de declaración de la Renta, nuestra calculadora de plan de pensiones y nuestra calculadora de devolución de la Renta.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que hacer la Renta si solo cobro pensión?
Si tu pensión anual no supera 22.000 € y la cobras de un único pagador (la Seguridad Social), no estás obligado a declarar. Con dos o más pagadores el límite baja a 15.876 €, siempre que lo cobrado del segundo y siguientes supere 1.500 € al año.
¿Por qué me han subido la retención al jubilarme?
Al jubilarte la Seguridad Social pasa a ser tu pagador y calcula la retención sobre el total anual de la pensión, incluidas las 14 pagas. Además pierdes la reducción por gastos y los complementos que tenías en nómina, por lo que el tipo aplicado puede subir aunque el bruto sea parecido.
¿Las pensiones de incapacidad tributan en el IRPF?
La incapacidad permanente total tributa como rendimiento del trabajo. La incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez están exentas según el artículo 7.f de la Ley 35/2006 del IRPF, igual que las prestaciones por accidente de trabajo o enfermedad profesional con ese grado.
¿Puedo pedir que me retengan más o menos IRPF de la pensión?
Sí. Presentando el modelo 145 en el INSS puedes actualizar tu situación familiar y solicitar por escrito un tipo de retención superior al que corresponde. Rebajarlo por debajo del tipo legal no es posible, pero sí evitar retenciones excesivas comunicando hijos a cargo, discapacidad o ascendientes.
¿Cómo tributa la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad tributa como rendimiento del trabajo y no está exenta. Si se cobra junto a una pensión de jubilación o a un salario, la suma se acumula y el tipo de retención sube, por lo que suele salir a pagar en la declaración si cada pagador retiene por separado.
¿Cobrar dos pensiones cuenta como dos pagadores?
Si ambas las paga el INSS, se consideran un único pagador y la retención se calcula sobre el total. Si una la paga una mutualidad, un plan de empleo o un organismo extranjero, hay dos pagadores y baja el límite de obligación de declarar a 15.876 €.
¿Tributa en España una pensión cobrada del extranjero?
Si eres residente fiscal en España, sí: debes declarar la pensión extranjera. Según el convenio de doble imposición aplicable podrás deducir el impuesto pagado en el otro país; las pensiones públicas suelen tributar solo en el Estado que las paga.
¿Cuánto se descuenta de IRPF a un jubilado con la pensión máxima?
Con la pensión máxima de 2026 (unos 3.267 € en 14 pagas, 45.746 € anuales) el tipo medio de retención se sitúa habitualmente entre el 20 % y el 23 % según comunidad autónoma y situación familiar, es decir, entre 650 € y 750 € menos cada mes.