Calcula cuánto cobrarás durante las 19 semanas de permiso por nacimiento y cuidado del menor: 100 % de tu base reguladora, pagado por el INSS y exento de IRPF.
Aviso importante: esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en la normativa vigente. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni jurídico profesional. Para decisiones con impacto económico relevante, consulta a un asesor colegiado.
Calculadora del Permiso por Nacimiento
Prestación por nacimiento y cuidado de menor 2026
Datos de cotización
Introduce tu base de cotización mensual
Aparece en tu nómina como "Base de cotización por contingencias comunes"
Prestación por nacimiento y cuidado de menor 2026
Desde la ampliación aprobada en 2025, cada progenitor tiene derecho a 19 semanas individuales e intransferibles. La prestación equivale al 100 % de la base reguladora y la paga la Seguridad Social.
Las 6 primeras semanas son obligatorias tras el parto. Otras 11 pueden disfrutarse por períodos semanales hasta los 12 meses y las 2 restantes hasta que el menor cumpla 8 años.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo mínimo hay que haber cotizado?
Menores de 21 años: sin período mínimo. De 21 a 25: 90 días en los últimos 7 años. Mayores de 26: 180 días en los últimos 7 años (o 360 días en toda la vida laboral).
¿La prestación tributa en IRPF?
No. La prestación por nacimiento y cuidado de menor está exenta del IRPF desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2018.
¿Pueden ambos progenitores coger la baja a la vez?
Sí, cada progenitor tiene su propio permiso de 19 semanas. Pueden disfrutar simultáneamente las semanas que correspondan.
Prestación por paternidad en España 2026
Tras la equiparación del Real Decreto-ley 6/2019 y la ampliación del Real Decreto-ley 9/2025, el progenitor distinto de la madre biológica disfruta de 19 semanas de permiso por nacimiento y cuidado del menor, retribuidas al 100% de la base reguladora por el INSS. Es un derecho individual e intransferible: el otro progenitor no puede cederte su permiso ni viceversa.
Las 6 primeras semanas deben disfrutarse a tiempo completo e inmediatamente tras el parto, de forma ininterrumpida. Otras 11 semanas pueden tomarse en bloques semanales, a jornada completa o parcial (con acuerdo de la empresa), hasta que el menor cumpla 12 meses, y las 2 semanas restantes pueden reservarse para el cuidado del menor hasta que cumpla 8 años.
Requisitos y particularidades 2026
Estar afiliado y en alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
Cotización mínima de 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral (para mayores de 26 años). Sin periodo mínimo para menores de 21 años.
Prestación exenta de IRPF (art. 7.h LIRPF).
Compatible con la reducción de jornada por cuidado de menor posterior y con el permiso parental no retribuido introducido por la Ley 2024.
En familias monoparentales reconocidas, el progenitor único acumula los permisos según la normativa y la jurisprudencia vigentes; consulta la duración exacta con el INSS.
El 100% de la base reguladora (base de cotización del mes anterior dividida entre 30). Es decir, prácticamente el salario completo durante las 19 semanas.
¿Cuándo se solicita la prestación por paternidad?
Se solicita al INSS dentro del plazo de 15 días tras el inicio de la suspensión del contrato, online con certificado digital, Cl@ve o de forma presencial.
¿Es obligatorio que el padre se coja las 19 semanas?
Las 6 primeras semanas sí son obligatorias (no se pueden renunciar). Las 13 restantes son un derecho que el progenitor puede o no ejercer, pero no son transferibles al otro progenitor: si no se usan, se pierden.
Guía actualizada: octubre de 2026
Cómo se calcula lo que cobras
La prestación por nacimiento y cuidado del menor equivale al 100 % de la base reguladora, que se obtiene dividiendo la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio del permiso entre el número de días de ese mes (o entre 30 si cobras salario mensual). Esa cantidad diaria se paga por cada día de permiso.
Como la base de cotización incluye la parte proporcional de las pagas extra, en la mayoría de casos la prestación es igual o ligeramente superior al salario neto mensual: la paga el INSS sin retención de IRPF, aunque sí se descuentan las cotizaciones del trabajador.
Salario bruto anual
Base reguladora diaria aprox.
Prestación mensual aprox.
20.000 €
54,8 €
1.645 €
28.000 €
76,7 €
2.300 €
36.000 €
98,6 €
2.960 €
Base máxima 2026
≈ 163 €
≈ 4.900 €
Ejemplo práctico
Javier cobra 30.000 € brutos al año en 12 pagas con extras prorrateadas. Su base de cotización mensual es de 2.500 €, por lo que su base reguladora diaria es 2.500 / 30 = 83,33 €. En un mes de permiso cobra unos 2.500 € brutos del INSS, de los que solo se restan las cotizaciones del trabajador (unos 160 €): neto en torno a 2.340 €, frente a los aproximadamente 1.950 € netos de su nómina.
Requisitos de cotización según la edad
Edad del progenitor
Cotización mínima
Menor de 21 años
Sin periodo mínimo
Entre 21 y 26 años
90 días en los últimos 7 años o 180 días en toda la vida laboral
Mayor de 26 años
180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda la vida laboral
Cómo solicitar la prestación paso a paso
Conviene solicitarla en los 15 días hábiles siguientes al inicio del permiso; si te retrasas, el derecho no se pierde, pero se pueden perder los efectos económicos de más de tres meses atrás.
La empresa comunica el inicio del permiso y envía el certificado de empresa a la Seguridad Social.
Presentas la solicitud en Tu Seguridad Social o en la sede electrónica con certificado digital o Cl@ve; también puedes pedir cita previa en un CAISS.
Adjuntas el DNI, el libro de familia o certificado de nacimiento (si el Registro Civil no lo comunica directamente) y, si eres autónomo, el último justificante de cuota.
El INSS resuelve normalmente en pocas semanas y paga por mensualidades vencidas en la cuenta que indiques.
Autónomos: cómo funciona el permiso
Los trabajadores autónomos tienen el mismo derecho y la misma duración. La base reguladora es la base de cotización de los seis meses anteriores dividida entre 180, y durante el permiso no pagan la cuota si contratan a un sustituto o, en determinados casos, se aplica una bonificación del 100 %.
¿Tengo que declarar la prestación por paternidad en la Renta?
Está exenta de IRPF (art. 7.h de la Ley del IRPF), pero aparece en tus datos fiscales y debe incluirse como renta exenta. No suma para calcular el impuesto.
¿Pueden despedirme durante el permiso por paternidad?
Un despido durante el permiso o por haberlo solicitado se considera nulo salvo que la empresa acredite causas ajenas. La protección se extiende hasta 12 meses después del nacimiento.
¿Puedo disfrutar el permiso a tiempo parcial?
Sí, las semanas no obligatorias pueden disfrutarse a tiempo parcial si hay acuerdo con la empresa. La prestación se reduce en proporción a la jornada que sigues trabajando.