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Intereses sobre las Cesantías 2026

12 % anual sobre el saldo de cesantías, pagados directamente al trabajador en enero.

Aviso importante: esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en la normativa vigente. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni jurídico profesional. Para decisiones con impacto económico relevante, consulta a un asesor colegiado.

Intereses sobre las cesantías

12 % anual sobre el saldo de cesantías, pagados directamente al trabajador en enero.

Además de las cesantías, el empleador debe pagar al trabajador un interés del 12 % anual sobre el saldo acumulado. Ese pago se hace directamente al trabajador (no al fondo) a más tardar el 31 de enero de cada año, y es una de las obligaciones que con mayor frecuencia se omite en las pymes.

Fórmula

Intereses = cesantías × días trabajados × 0,12 ÷ 360.

Cuando el trabajador laboró el año completo, el resultado es simplemente el 12 % del valor de las cesantías. Si trabajó una fracción, el porcentaje se prorratea por los días servidos.

  • Se liquidan al 31 de diciembre y se pagan antes del 31 de enero.
  • Si el contrato termina antes, se pagan en la liquidación final junto con las cesantías proporcionales.
  • El no pago oportuno obliga a pagar al trabajador una suma adicional igual al valor de los intereses debidos, a título de sanción.

Ejemplo

Un trabajador con cesantías causadas de $2.400.000 por 360 días recibe $288.000 de intereses. Si solo trabajó 200 días y sus cesantías fueron $1.333.333, los intereses son $1.333.333 × 200 × 0,12 ÷ 360 = $88.889.

Los intereses no son salario, no cotizan a seguridad social y están exentos de retención en la fuente en los términos del artículo 206 del Estatuto Tributario para las cesantías e intereses de trabajadores con ingresos moderados.

Para completar este cálculo suelen consultarse también nuestra calculadora de cesantías, nuestra calculadora de liquidación laboral y nuestra calculadora de prima de servicios.

Marco normativo

Ley 52 de 1975, que creó los intereses a las cesantías y la sanción por su no pago, en concordancia con los artículos 249 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo y con la Ley 50 de 1990.

Este cálculo forma parte de la categoría Prestaciones y derechos laborales (CST) de nuestras calculadoras colombianas.

Preguntas frecuentes

¿Los resultados de la calculadora de intereses sobre las cesantías son oficiales?

Son estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente publicada por la DIAN, el Ministerio del Trabajo y la UGPP. Para trámites oficiales confirma las cifras con tu contador o con la entidad correspondiente.

¿Se guardan mis datos?

No. Todos los cálculos se ejecutan localmente en tu navegador y no se envía ni almacena ninguna información.

Si te interesa este tema, también pueden serte útiles nuestra calculadora de cesantías, nuestra calculadora de liquidación laboral y nuestra calculadora de prima de servicios.

Metodología y fuentes oficiales

Todos los cálculos se realizan en tu navegador con los parámetros vigentes para el año gravable 2026 en Colombia. No enviamos ni guardamos tus datos.

Parámetros 2026

  • Salario mínimo (SMMLV): $ 1.623.500
  • Auxilio de transporte: $ 214.000
  • Valor referencial de la UVT: $ 52.100
  • Tope del IBC (25 SMMLV): $ 40.587.500
  • Jornada legal semanal: 44 horas
  • IVA general: 19 %

Cómo calculamos

  • Retención en la fuente con la tabla del art. 383 del ET en UVT.
  • Renta exenta del 25 % con tope de 790 UVT anuales.
  • Salud 4 % y pensión 4 % del trabajador sobre el IBC.
  • Prestaciones sociales sobre base de 360 días.
  • Indemnización del art. 64 del CST según el nivel salarial.

Fuentes

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